Deberes y Derechos

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Son deberes fundamentales de los asociados:

  1. Adquirir conocimientos sobre los objetivos, características y funcionamiento de los Fondos de Empleados en general y de Secréditos en particular.
  2. Comportarse con espíritu solidario frente a Secréditos y a sus asociados.
  3. Acatar las normas estatutarias y las decisiones tomadas por la Asamblea General y los órganos directivos y de control.
  4. Cumplir oportunamente las obligaciones de carácter económico y demás derivadas de su asociación a Secréditos.
  5. Abstenerse de efectuar actos o incurrir en omisiones que afecten la estabilidad económica o el prestigio social de Secréditos.
  6. Usar adecuadamente los servicios de Secréditos.
  7. Desempeñar con diligencia y eficacia los cargos y comisiones que le hayan sido encomendados.
  8. Participar en las actividades de Secréditos y en su administración mediante el desempeño de cargos sociales.
  9. Aceptar y cumplir las determinaciones que las directivas de Secréditos adopten conforme al estatuto y reglamentos.
  10. Los demás que le fijen la ley y el estatuto.

Los deberes y obligaciones previstos en el presente estatuto y los reglamentos, se establecen con criterio de igualdad, salvo las contribuciones económicas que podrán graduarse teniendo en cuenta los niveles de ingreso salarial.

Son derechos fundamentales de los asociados:

  1. Utilizar o recibir los servicios que preste Secréditos.
  2. Participar en las actividades de Secréditos y en su administración mediante el desempeño de cargos sociales.
  3. Ser informados de la gestión de Secréditos de sus aspectos económicos y financieros y de lo relativo a sus servicios, por medio de comunicaciones periódicas oportunas y en las reuniones de asociados o Asambleas Generales.
  4. Ejercer actos de decisión en las Asambleas Generales y de elección en condiciones que garanticen la igualdad de los asociados, sin consideración a sus aportes, en los eventos previstos por el presente Estatuto y conforme a los reglamentos.
  5. Fiscalizar la gestión de Secréditos en los términos y con los procedimientos que establezcan los reglamentos.
  6. Retirarse voluntariamente de Secréditos.
  7. Los demás que resulten del Estatuto y los reglamentos.

El ejercicio de los derechos de los asociados estará condicionado al cumplimiento de los deberes y obligaciones al igual que no se encuentren los asociados suspendidos, y que no se encuentren suspendidos conforme al régimen disciplinario.

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