Crédito de
Calamidad Doméstica
Crédito que se otorga al asociado para brindarle apoyo ante una calamidad doméstica que requiera dinero extra para su atención. Máximo a financiar hasta 10 S.M.M.L.V y se puede diferir hasta 12 meses.

Finalidad:
Crédito otorgado al asociado para atender situaciones de calamidad que no puedan ser solventadas totalmente con sus ingresos. La destinación del crédito incluye casos como:
- Grave enfermedad o accidente de un miembro del grupo familiar, cuyos gastos excedan su capacidad económica, siempre y cuando estos no sean cubiertos por Entidades Promotoras de Salud (EPS), contratos de medicina prepagada o contratos de hospitalización y cirugía.
- Servicios funerarios por el fallecimiento de padres, cónyuge o hijos, exceptuando aquellos cubiertos por contratos de seguro o servicios póstumos.
- Catástrofes en vivienda causadas por inundaciones, incendios o terremotos, que no estén cubiertas por un contrato de seguro.
- Otra calamidad doméstica debidamente comprobada.
Monto a Financiar:
El monto del préstamo se definirá según el ingreso del asociado:
Salarios | Préstamo |
DE 1 A 3.5 S.M.M.L.V | 3 S.M.M.L.V |
DE 3.6 A 7.5 S.M.M.L.V | 5 S.M.M.L.V |
DE 7.6 A 10.5 S.M.M.L.V | 7 S.M.M.L.V |
MAYOR A 10.6 S.M.M.L.V | 10 S.M.M.L.V |
Plazo Máximo:
Hasta 12 meses.
Requisito:
El asociado puede acceder a esta línea de crédito cuatro (4) meses después de haberse vinculado
al fondo.
Documentación:
- Formato de solicitud diligenciado en su totalidad con el visto bueno de Recursos Humanos.
- Solicitud formal por escrito dirigida a la administración del fondo, documentando el caso de calamidad con el visto bueno de Recursos Humanos.
- Documentos probatorios que respalden la ocurrencia del hecho.
- Pagaré desmaterializado (enviado por correo electrónico para su firma digital).
Refinanciación:
- No se permite la reestructuración ni la novación del crédito.
- Solo se puede tener un crédito de calamidad activo a la vez.
Garantía:
- Se requiere un (1) codeudor que sea asociado al fondo. En su defecto, se podrá aceptar otra garantía considerada admisible según los términos del reglamento.
- Pagaré desmaterializado.
Tasa de Interés:
- Desde 12% nominal anual, liquidada sobre saldos.
- Desde 1% nominal mensual.
OBSERVACIONES:
Exclusiones: No se cubrirán las siguientes situaciones:
- Enfermedades o circunstancias derivadas de la ingesta desordenada de alimentos, bebidas alcohólicas, sustancias tóxicas o alucinógenos.
- Dificultades económicas causadas por excederse en los cupos de utilización de tarjetas de crédito.
Políticas Básicas
Sujeto a capacidad de pago y estudio de crédito